A partir del 1 de junio de 2013, se deberá disponer del certificado de eficiencia energética del edificio existente o parte de él en caso de venta o alquiler. Los edificios de nueva construcción deben tener este certificado desde 2007. Los edificios existentes no deben tener una calificación de eficiencia energética mínima (el edificio menos eficiente tiene una G y el más eficiente una A) y los de nueva construcción tendrán como mínimo una E al cumplir con la normativa vigente, el Código Técnica de la Edificación.
El objetivo de la certificación es que los usuarios tengan información sobre eficiencia energética de su edificio, incluyendo recomendaciones para poderla mejorar.
Ver resumen de la documentación en el apartado de legislación.